Esto te puede interesar

01/12/2010 § Deja un comentario

Te proponemos algunas páginas donde puedes resolver tus dudas sobre vivienda protegida, los pasos de una compraventa o el coste del Registro.

*Ministerio de Fomento (www.fomento.es)
*Registro de la Propiedad (www.registradores.org)
*Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (www.cafmadrid.es)
*Notario y notarías en España (www.notariado.org)
*Oganizaciones de consumidores (www.cecu.es) (www.ocu-org)
*Ausbanc (www.ausbanc.com)
Si necesitas otras direcciones o contactos pregúntanos.

Cómo ahorrar 816 euros antes de final de año

30/11/2010 § Deja un comentario

Un contribuyente medio podría ahorrarse al menos 816 euros en su Declaración de la Renta del próximo 2010 si aprovecha, antes de que finalice el año, las ventajas fiscales derivadas de algunas de las desgravaciones que juegan a su favor, según las estimaciones realizadas por los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) a partir de los últimos datos medios disponibles del IRPF.

Según Gestha, lo más importante a tener en cuenta para rebajar la factura fiscal es que a finales de año desaparecerá la desgravación por compra de vivienda para todos aquellos que aún no hayan comprado una y que declaren unos ingresos por encima de 24.107 euros anuales. Quienes ganen menos de 17.707 podrán desgravarse, mientras que aquellos con unos ingresos situados en el intervalo entre esos dos importes gozarán, por el contrario, de menos deducciones que con la normativa anterior.

De este modo, los contribuyentes que compren su vivienda habitual a partir de 2011, aunque perciban menos de 17.707 euros verán mermadas sus rebajas a partir del año en que superen esos ingresos, y perderán completamente la desgravación en el momento en que declaren más de 24.107 euros anuales.

Las deducciones por la apertura de una cuenta vivienda también podrán utilizarse este año, ya que se ha aprobado una enmienda socialista al proyecto de presupuestos del Estado para 2011. Según ésta, los contribuyentes que dispongan de una de estas cuentas no perderán el derecho a las deducciones practicadas hasta el 31 de diciembre de 2010, siempre y cuando destinen ese saldo exclusivamente a la primera adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual, sea cual sea su nivel de ingresos. A partir de 2011 las cuentas vivienda también contarán con las mismas limitaciones según el nivel de ingresos que la desgravación por compra de vivienda.

En conjunto, Gestha calcula que el ahorro medio por inversión en la compra de la vivienda habitual bajo la normativa aún vigente oscila entre los 800 y 1.200 euros, según la cuantía invertida, con un ahorro medio nada desdeñable de 816 euros.

El Plan de Vivienda de Aragón 2009-2012

30/11/2010 § Deja un comentario

Descarga aquí el nuevo plan de vivienda de Aragón
El Plan de Vivienda de Aragón 2009-2012 trata de impulsar las políticas públicas de vivienda y suelo y la consecución del objetivo constitucional consistente en facilitar el acceso a una vivienda digna y adecuada a los ciudadanos residentes en Aragón.
Desde la entrada en vigor del del Decreto-Ley 1/2009, de 14 de abril, del Gobierno de Aragón con fecha de 18 de abril de 2009, todas las viviendas protegidas tienen derecho a un aval del 10% por parte del Gobierno de Aragón. Más información en el archivo adjunto.

¿QUÉ ES TOC-TOC?

30/11/2010 § Deja un comentario

El nuevo Registro de Vivienda Protegida de Aragón es la puerta a la que tiene que llamar si quiere acceder a una vivienda protegida.
Este Registro es el lugar donde ha de presentar su solicitud de acceso a viviendas protegidas de Aragón. Es el único Registro imprescindible para poder disfrutar de una vivienda protegida. Deberán inscribirse en el Registro todas aquellas personas que deseen optar a la adjudicación de una vivienda protegida en Aragón a través de cualesquiera procedimientos, en primera o ulteriores transmisiones. La inscripción tendrá una vigencia de tres años. La inscripción, modificación y cancelación de los datos es totalmente gratuita.
Más información: http://www.viviendaragon.org/contenido/pagina.aspx?pag=37

Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio de la Comunidad de Madrid

29/11/2010 § Deja un comentario

Conoce las características de las viviendas calificadas al amparo del Decreto 74/2009, que configura el nuevo Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid, así como el Régimen Legal de Protección y los requisitos de acceso del las viviendas destinadas a la venta o uso propio.

En el nuevo Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid, se distinguen dos tipologías de Viviendas con Protección Pública en régimen de venta o uso propio, en función de sus límites de superficie, precio máximo y requisitos de acceso:

Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio de Precio Básico

 

Características de la vivienda
  • Superficie construida máxima de 150 m2.

No obstante, la superficie máxima será de 110 m2 construidos cuando se construya sobre suelo destinado a VPO, VPP de hasta 110 m2 construidos, VPPB o VPP.

  • Sujetas a Precio Máximo Legal de Venta (PMLV).
  • La duración del régimen legal de protección pública es de 15 años a contar desde la fecha de la Calificación Definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria.
Para acceder a la vivienda
  • Ser mayor de edad o menor emancipado y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente.
  • Ingresos familiares que no excedan de 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
  • Ninguno de los miembros de la unidad familiar puede ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional, excepto cuando:
  El derecho recaiga sobre una parte alícuota de la vivienda no superior al 50% y se haya adquirido la misma por título de herencia.
  No tenga adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar a causa de sentencia judicial de separación o divorcio.

Los requisitos se acreditarán a fecha de suscripción del contrato privado de compraventa o título de adjudicación y para promociones individuales para uso propio, a la fecha de solicitud de la calificación provisional.

Obligaciones y otra información
  • Que la vivienda se destine a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales.
  • Los adquirentes de la vivienda deberán proceder a su ocupación en el plazo máximo de un año desde la entrega de la misma.
  • Para realizar obras o reformas deberá obtenerse autorización de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. 

Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio de Precio Limitado 

Características de la vivienda
  • Superficie construida máxima de 150 m2.
  • Sujetas a Precio Máximo Legal de Venta (PMLV).
  • La duración del régimen legal de protección pública es de 15 años a contar desde la fecha de la Calificación Definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria.
Para acceder a la vivienda
  • Ser mayor de edad o menor emancipado y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente.
  • Ingresos familiares que no excedan de 7,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
  • Ninguno de los miembros de la unidad familiar puede ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional, excepto cuando:
  El derecho recaiga sobre una parte alícuota de la vivienda no superior al 50% y se haya adquirido la misma por título de herencia.
  No tenga adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar a causa de sentencia judicial de separación o divorcio.

 

Los requisitos se acreditarán a fecha de suscripción del contrato privado de compraventa o título de adjudicación y para promociones individuales para uso propio, a la fecha de solicitud de la calificación provisional.

Obligaciones y otra información
  • Que la vivienda se destine a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales.
  • Los adquirentes de la vivienda deberán proceder a su ocupación en el plazo máximo de un año desde la entrega de la misma.
  • Para realizar obras o reformas deberá obtenerse autorización de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

El Plan de Vivienda 2009-2012 de la Comunidad de Madrid

29/11/2010 § Deja un comentario

REGLAMENTO DE VIVIENDAS CON PROTECCIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

El nuevo Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid regula el sistema de promoción y acceso a la vivienda de protección pública, estableciendo los precios máximos de venta y arrendamiento como principal ayuda a los beneficiarios de las mismas.
Concepto de Vivienda con Protección Pública

 

Se entiende por Vivienda con Protección Pública la que, con una superficie construida máxima de 150 metros cuadrados, cumpla las condiciones de destino, uso, precio y calidad establecidas reglamentariamente y sea calificada como tal por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

El acceso a la Vivienda con Protección Pública será en propiedad, en arrendamiento o arrendamiento con opción de compra.

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Destino de las viviendas

 

Las viviendas con protección pública habrán de destinarse a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales, sin que en ningún caso puedan dedicarse a segunda residencia o cualquier otro uso.

Se considera domicilio habitual y permanente siempre que la vivienda no permanezca desocupada más de tres meses seguidos al año, salvo que medie justa causa debidamente autorizada por la Consejería competente en materia de vivienda.

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Precio y Renta

 

Las viviendas con protección pública están sujetas a un precio máximo legal de venta, por metro cuadrado de superficie útil, para cada una de las localidades o ámbitos intraurbanos del territorio de la Comunidad de Madrid, mediante Orden de la Consejería competente en materia de vivienda.

El arrendamiento de viviendas con protección pública no puede superar una renta máxima anual establecida en el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid aprobado por el Decreto 74/2009, de 30 de julio.

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Calificación de promociones de vivienda libre

 

Las promociones de viviendas iniciadas y/o terminadas sobre suelo libre, siempre que cumplan los requisitos exigidos por la normativa de la Comunidad de Madrid en materia de vivienda protegida, podrán calificarse como protegidas.

Las ayudas del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación llegarán a 7.400 familias aragonesas en 2010

29/11/2010 § Deja un comentario

Comisión Bilateral de Vivienda con el Gobierno de Aragón

El Ministerio de Fomento facilitará en 2010 a 7.418 familias aragonesas el acceso a una vivienda o la rehabilitación de la que ya poseen. Así lo han acordado hoy la secretaria de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas, Beatriz Corredor, y el consejero de Obras Públicas y Transportes, Alfonso Vicente, en la Comisión Bilateral de seguimiento del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. Desde 2004 un total de 43.928 hogares de la región se han podido beneficiar de estas ayudas.

La secretaria de Estado y el consejero también han firmado 10 acuerdos (ver explicación de acuerdos, más adelante) que facilitarán la construcción de 1.645 viviendas y alojamientos protegidos y la rehabilitación de otras 435. El Ministerio ha comprometido en estas actuaciones 9,54 millones de euros.

El resto de las ayudas estatales llegará directamente a sus destinatarios, sin necesidad de acuerdos bilaterales, para facilitarles el pago del alquiler, la rehabilitación aislada de sus hogares o la hipoteca de viviendas protegidas, entre otros fines. En este sentido, el Ministerio ha abonado 104,5 millones de euros en Aragón entre 2009 y 2010 en forma de subvenciones personales.

Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012

29/11/2010 § Deja un comentario

planviviendaEl Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 tiene por objeto facilitar el acceso a una vivienda de los ciudadanos con más dificultades, pero también de rentas medias, al tiempo que busca aprovechar la producción sobrante de vivienda libre para ampliar el parque público al servicio de la población. El PEVR prevé 996.000 actuaciones hasta 2012 para permitir el acceso de los ciudadanos a viviendas en compra y también en alquiler, promover la urbanización de suelo para VPO y mejorar el parque de viviendas actual.
El contenido de esta guía es un resumen del Real Decreto por el que el día 12 de diciembre de 2008 se aprueba en el Consejo de Ministros el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, del Ministerio de Vivienda. Para mayor información se puede consultar el contenido íntegro del Real Decreto en la página web del Ministerio de Vivienda:
http://www.mviv.es

INDICES DE REFERENCIAS HIPOTECARIOS

29/11/2010 § Deja un comentario

Tipos de Referencia OFICIALES:

De Bancos …………………………………………………………………………2,600

De Cajas de ahorro ……………………………………………………………… 2,963

 Del conjunto de entidades de crédito……………………………………………2.795

Tipo activo de referencia de las cajas de ahorro ………………………………4,875

Referencia interbancaria a 1 año (EURIBOR) ………………………………. 1,495

Tipo interbancario a 1 año (MIBOR)1………………………………………..1,491

1Este tipo ha dejado de tener la consideración de tipo de referencia oficial del mercado hipotecario para las operaciones formalizadas después de la entrada en vigor de la O.M. de 1 de diciembre de 1999 (B.O.E. de 4 de diciembre).

y si buscas casa…

23/11/2010 § Deja un comentario

libra gestión de proyectos..
http://www. …facebook.com/album.php?aid=31673&l=bdd616f329&id=128997287152261